viernes, 4 de junio de 2010

Y llegó, nomás...


En la última reunión de Junta del 31/05/2010 finalmente se aprobó por unanimidad (porque el claustro de profesores se retiró antes de la votación) la nueva composición para los jurados de las selecciones internas. Si bien la propuesta original de Genealogía (acompañada por Revocables -ver informe de la reunión anterior) fue modificada a solicitud de la minoría de graduados (Síntesis) y la mayoría de estudiantes (Poiesis), que las selecciones internas deban realizarse por un jurado de 6 miembros, 2 de cada claustro, debería redundar en una mayor democratización en el ingreso a la docencia en la carrera. A continuación copiamos las modificaciones tal como fueron incorporadas al reglamento interno.


DEPARTAMENTO DE FILOSOFÍA
Reglamento para Selección Interna de Aspirantes a Auxilares Docentes

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2.  COMISION EVALUADORA

La comisión evaluadora estará compuesta por seis (6) miembros: dos (2) de ellos deberán desempeñar funciones como profesor regular o interino de materias del Departamento, otros dos (2) ser estudiantes de la carrera y los dos (2) restantes ser miembros del claustro de graduados de la misma. La comisión evaluadora sólo podrá evaluar o deliberar con la  presencia de los dos profesores y al menos un graduado y un alumno.           

En el caso de los miembros estudiantiles de la comisión evaluadora, es un requisito mínimo para participar de la misma, tener aprobado un setenta y cinco por ciento (75%) de las asignaturas de la carrera (incluyendo el CBC) y haber aprobado la materia objeto de la selección.           

El Departamento se comunicará fehacientemente con los miembros designados por la Junta, comunicando el tiempo y lugar establecido, a fin de la conformación del quórum.           

Cada uno de los claustros, a través de sus representantes en la Junta Departamental, podrá designar por escrito un veedor para la selección interna. Dicho veedor deberá ser un miembro del claustro en cuestión y podrá participar -con voz pero sin voto- en todas las instancias de deliberación de la comisión evaluadora, así como también en todas las instancias de evaluación que constituyen la selección interna. Tanto en el caso del claustro estudiantil como en el de profesores, la designación como veedor supone iguales condiciones que las requeridas para integrar la comisión evaluadora.           

Cada uno de los veedores participantes de la selección podrá elevar un informe con su parecer acerca de la tramitación de la selección. El mismo deberá presentarse en el Departamento dentro de los dos (2) días hábiles posteriores a la presentación del dictamen elaborado por los miembros de la comisión evaluadora.

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